SCORING CABA

SEPC - Sistema de Evaluación Permanente de Conductores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Curso de reeducación vial

Los cursos especiales de reeducación vial y prevención de siniestros de tránsito a realizarse tanto para la recuperación parcial de cuatro puntos como para cuando se inhabilite la licencia puede realizarlos en Sistemas Reid la cual es una institución autorizada por la Gerencia de Educación y Convivencia Vial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Qué curso desea realizar?

Cursos obligatorios: para volver a conducir una vez inhabilitado (saldo cero).
Cursos voluntarios: para la recuperación de cuatro puntos.

Curso obligatorio para las personas que pierden el puntaje (saldo cero).

Este curso puede realizarse recién cuando se haya alcanzado el saldo de puntos en la licencia de conducir. Previamente debe presentarse ante un/a Controlador/a de Faltas que lo notificará oficialmente de esta situación y le entregará una autorización para la realización del curso. Si tiene dudas sobre su situación, comuníquese con la Dirección General de Administración de Infracciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. consultasdgai@buenosaires.gob.ar

Si usted cuenta con la autorización para la realización del curso, ingrese en la opción correspondiente;

Curso obligatorio para levantar inhabilitación para conducir por primera vez:

Este curso puede realizarse recién cuando se haya alcanzado el saldo CERO en la licencia de conducir. En esa situación, la ley establece que la consecuencia de haber llegado a los cero puntos por primera vez, es tanto la inhabilitación de la licencia de conducir por el término de 60 días, como la realización de este curso y la aprobación del correspondiente examen. Aprobado el examen y habiendo transcurrido el período de inhabilitación se le asignarán 10 (diez) puntos.

INSCRIPCION AL CURSO (primera vez)

Curso obligatorio para levantar inhabilitación para conducir por segunda vez:

Este curso debe realizarse en caso de que se hayan alcanzado los cero puntos en la licencia de conducir en dos oportunidades. Asimismo, la ley establece que cuando se hayan alcanzado los cero puntos por segunda vez, es tanto la inhabilitación de la licencia de conducir por el término de 180 días, y caducará la licencia de conducir que posea, debiendo realizar nuevamente el trámite de otorgamiento de la licencia. Aprobado el examen y habiendo transcurrido el período de inhabilitación inhabilitación se le asignarán 10 (diez) puntos.

INSCRIPCION AL CURSO (segunda vez)

Curso obligatorio para levantar inhabilitación para conducir por tercera vez:

Este curso debe realizarse en caso que se hayan alcanzado los cero puntos en la licencia de conducir en tres oportunidades. Asimismo, la ley establece que cuando se hayan alcanzado los cero puntos por tercera vez, se inhabilitará a la persona para conducir por el término de 2 años, y caducará la licencia de conducir que posea, debiendo realizar nuevamente el trámite de otorgamiento de la licencia.

INSCRIPCION AL CURSO (tercera vez)

Curso obligatorio para levantar inhabilitación para conducir por cuarta vez y sucesivas:

Este curso debe realizarse en caso que se hayan alcanzado los cero puntos en la licencia de conducir en cuatro o más oportunidades. Asimismo, la ley establece que cuando se hayan alcanzado los cero puntos por cuarta vez y sucesivas oportunidades, se inhabilitará a la persona para conducir por el término de 5 años y caducará la licencia de conducir que posea, debiendo realizar nuevamente el trámite de otorgamiento de la licencia.

INSCRIPCION AL CURSO (cuarta vez y sucesivas)

Curso voluntario para la recuperación de 4 (cuatro) puntos.

Este curso puede realizarse cuando aún no se ha llegado a cero puntos y permite, luego de su aprobación, recuperar parcialmente 4 puntos en la licencia de conducir.

La recuperación de puntos será posible a través de la asistencia al curso, en el que se abordarán temas específicos referidos a las problemáticas de tránsito, y aprobación del examen posterior.

Esta opción puede realizarse sólo una vez al año. Si bien no es requerimiento obligatorio contar con una autorización emitida por la Dirección General de Administración de Infracciones (DGAI), Sistemas Reid recomienda que consulte su situación en la DGAI y solicite una autorización para evitar inconvenientes a la hora de acreditar los cuatro puntos una vez aprobado el examen.

Si usted fue inhabilitado/a previamente y ahora cuenta con 10 puntos, no se le acreditaran cuatro puntos extras por realizar este curso.

INSCRIPCION AL CURSO
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